VERITATIS GAUDIUM
CONSTITUCIÓN APOSTÓLICA
SOBRE LAS UNIVERSIDADES Y
FACULTADES ECLESIÁSTICAS
Resumen literal del proemio.
PROEMIO

(…) Jesús impulsa a la Iglesia
para que en su misión testimonie y anuncie siempre esta alegría con renovado
entusiasmo. El Pueblo de Dios peregrina a lo largo de los senderos de la
historia, acompañado con sinceridad y solidaridad de los hombres y mujeres de
todos los pueblos y de todas las culturas, para iluminar con la luz del
Evangelio el camino de la humanidad hacia la nueva civilización del amor.
(…) El vasto y multiforme sistema
de los estudios eclesiásticos (…) está unido estrechamente a la misión
evangelizadora de la Iglesia y, más aún, brota de su misma identidad.
(…) El Concilio Vaticano II, promoviendo con vigor
y profecía la renovación de la vida de la Iglesia, en vistas de una misión más
incisiva en esta nueva época de la historia, haya recomendado en el Decreto Optatam totius una revisión fiel y creativa de los
estudios eclesiásticos (cf. nn. 13-22).

3. (…) la
red mundial de las Universidades y Facultades eclesiásticas está llamada a
llevar la aportación decisiva de la levadura, de la sal y de la luz del
Evangelio de Jesucristo y de la Tradición viva de la Iglesia, que está siempre
abierta a nuevos escenarios y a nuevas propuestas.
4. a) primer criterio (…) en la
formación de una cultura cristianamente inspirada, el acento principal esté en
descubrir la huella trinitaria en la creación, pues hace que el cosmos en el
que vivimos sea «una trama de relaciones», y en el que «es propio de todo ser
viviente tender hacia otra cosa», favoreciendo «una espiritualidad de la
solidaridad global que brota del misterio de la Trinidad» (Cf. Carta Encíclica Laudato si’ n. 240).
b) Un
segundo criterio inspirador (…) es el diálogo a todos los niveles, no como una
mera actitud táctica, sino como una exigencia intrínseca para experimentar
comunitariamente la alegría de la Verdad y para profundizar su significado y
sus implicaciones prácticas.

De esto
deriva que se revise, desde esta óptica y desde este espíritu, la conveniencia
necesaria y urgente de la composición y la metodología dinámica del currículo de estudios que ha sido propuesto por el
sistema de los estudios eclesiásticos.
c) (…) el tercer criterio fundamental que quiero
recordar: la inter- y la trans-disciplinariedad ejercidas con sabiduría y
creatividad a la luz de la Revelación (…) la unidad del saber en la diversidad
y en el respeto de sus expresiones múltiples, conexas y convergentes, es lo que
califica la propuesta académica, formativa y de investigación del sistema de
los estudios eclesiásticos, ya sea en cuanto al contenido como en el método.
d) Un cuarto y último criterio se refiere a la necesidad
urgente de «crear redes» entre las distintas instituciones que, en cualquier
parte del mundo, cultiven y promuevan los estudios eclesiásticos, y activar con
decisión las oportunas sinergias también con las instituciones académicas de
los distintos países y con las que se inspiran en las diferentes tradiciones
culturales y religiosas; al mismo tiempo, establecer centros especializados de
investigación que promuevan el estudio de los problemas de alcance histórico
que repercuten en la humanidad de hoy, y propongan pistas de resolución
apropiadas y objetivas.
(…) la
catolicidad (…) fermento de unidad en la diversidad y de comunión en la
libertad, exige para sí misma y propicia «esa polaridad tensional entre lo
particular y lo universal, entre lo uno y lo múltiple, entre lo simple y lo
complejo. Aniquilar esta tensión va contra la vida del Espíritu» (Video mensaje
al Congreso Internacional de Teología en la PUCA “Santa María de los Buenos
Aires”, IX-2015).
(…) «como podemos ver
en la historia de la Iglesia, el cristianismo no tiene un único modo cultural,
sino que “(…) llevará consigo también el rostro de tantas culturas y de tantos
pueblos en que ha sido acogido y arraigado” (Juan Pablo II, Carta Apostólica Novo Millennio ineunte, 6 de enero de 2001, n. 40).

5. (…) Sapientia christiana introducía la investigación como un «deber fundamental» en
«contacto asiduo con la misma realidad […] para comunicar la doctrina a los
hombres contemporáneos, empeñados en diversos campos culturales» (Proemio, n
III).

Normas finales
Artículo 88. La presente Constitución entrará en vigor el
primer día del año académico 2018-2019 o del año académico 2019, según el
calendario académico de las distintas regiones.
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